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El impuesto de circulación y transito debe pagarse de forma anual anticipada antesdel 30 de junio de 2019
1.- IMPUESTO DE CIRCULACION y TRANSITO SOBRE VEHICULOS DE SERVICIOPUBLICO
RESUELVE:ARTíCULO PRIMERO: Fíjese el Calendario Tributario para el Municipio deMocoa para la vigencia fiscal 2019, así:
Que atendiendo lo anteriormente expuesto
Que la Secretaría Administrativa y Financiera del Municipio de Mocoa, tiene laobligación de expedir el Calendario Tributario dentro del término legal.
Que se hace necesario expedir el calendario tributario para el municipio de Mocoa,para el año 2019
CONSIDERANDO:
En uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas en el EstatutoTributario Municipal, aprobado mediante Acuerdo No 029 de diciembre 30 de 2016y Acuerdo 042 de Diciembre 29 de 2017, por medio del cual se aprueba elestatuto tributario del municipio de Mocoa, y
LA SECRETARIA FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO DEMOCOA PUTUMAYO
"POR MEDIO DE LA CUAL SE FIJA LOS PLAZOS PARA EL PAGO DELOS IMPUESTOS MUNICIPALES, PRESENTACION DE LAS
DECLARACIONES TRIBURARIAS DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA yCOMERCIO, RETENCIONES EN LA FUENTE A TITULO DE IMPUESTODE INDUSTRIA y COMERCIO - RETEICA DEL MUNICIPIO DE MOCOA
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En el momento de la presentación oportuna de la Declaración y pagocorrespondiente al año gravable inmediatamente anterior, podrán liquidarsesegún la tabla de descuentos por pronto pago dentro de los plazos fijados porla Secretaria Administrativa y Financiera Municipal, siempre y cuando esténal día en el pago de este impuesto por los años anteriores:
3.- IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado que cancelen a partir delprimero (01) de Junio de 2019 tendrán que cancelar la totalidad del impuestosin descuentos, más los intereses moratorios causados por mes o fracción demes a la tasa de interés moratoria vigente fijada por la SuperintendenciaFinanciera.
FECHAS DE PAGO DESCUENTO POR PRONTO PAGO
Hasta el 28 de Febrero de 2019 10%
Hasta el 31 de Marzo de 2019 8%
Desde el 01 de Abril a 31 de Mayo de 0%2019
A partir del primero (01) de junio de Pago extemporáneo y genera interés2019 por mora
Plazos de vencimiento para el pago del Impuesto Predial Unificado y beneficiostributarios para quienes se encuentren a paz y salvo por vigencias anteriores:
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( 3 1 Ole in1R )"POR MEDIO DE LA CUAL SE FIJA LOS PLAZOS PARA EL PAGO DE
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2.- IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO
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UVT: La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, fijó la Unidad deValor Tributario, UVT, que regirá para el año 2019, en treinta y cuatro mildoscientos setenta pesos ($34.270). El incremento se estableció a través de laResolución 56 del 22 de noviembre de 2018.
SANCION MINIMA: La sanción rmruma durante la vigencia 2019 es de$343.000; Equivalente a diez (10) UVT Vigente.
FECHA DE VENCIMIENTO: El plazo para el pago y presentación de ladeclaración del Impuesto de Industria y Comercio y su complementario de Avisosy tableros de los contribuyentes del Régimen Común, vence el 30 de marzo de2019. La no presentación oportuna de la declaración del Impuesto dentro delos plazos aquí fijados, acarrea sanciones del 5% de extemporaneidad pormes o fracción de mes, sin perjuicio de los intereses moratorios a la tasade interés por mora vigente establecida por la SuperintendenciaFinanciera.
CONTRIBUYENTES DEL REGIMEN COMUN
SI PAGA ANTES DE PORCENTAJE DE INCENTIVO
28 de Febrero de 2019 10%
30 de Marzo de 2019 3%
A partir del 01 de Abril de 2019 Declaración extemporánea
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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
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Tarifas: El Estatuto Tributario Municipal establece las siguientes tarifas en materiade RETEICA.
Esta retención también se aplicará cuando se trate de actividades gravadasrealizadas dentro de la jurisdicción del Municipio de Mocoa por laspersonas o entidades no domiciliadas o residenciadas en este municipio.
BASE DE RETENCION: La base de la retención se efectuará sobre la basede diez (10) UVT vigente en adelante sobre toda operación, aplicable para lascompras de bienes o servicios gravados con el Impuesto de Industria yComercio, excluido el impuesto a las ventas facturado.
CALENDARIO PARA LA PRESENTACiÓN Y PAGO DE LA DECLARACiÓNMENSUAL DE RETENCiÓN EN LA FUENTE DEL IMPUESTO DEINDUSTRIA Y COMERCIO - RETEICA. Los agentes de retención delImpuesto de Industria y Comercio deben declarar y consignar las retenciones enla fuente practicadas a título de impuesto de industria y comercio- RETEICA,en el Municipio de Mocoa, que son los mismos plazos de vencimiento señaladospor el Gobierno Nacional para la retención en la fuente por renta para la vigencia2019.
4.- PLAZOS PARA DECLARAR Y PAGAR LA RETENCION EN LA FUENTEDEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO RETEICA
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Parágrafo 1: la cancelación de los impuestos municipales se efectuará en lascuentas de las entidades bancarias que la administración haya designado, cuyascertificaciones bancarias se encuentran certificadas por la Tesorería Municipal,para el caso del Impuesto de Industria y Comercio y Retención en la Fuente atítulo de impuesto de industria y comercio - RETEICA- los números de cuenta seencuentran dispuestos en los formularios para las respectivas declaracionestributarias.Parágrafo 2: las declaraciones en cero (O)no son de obligatorio cumplimiento enlos periodos en los cuales no se hayan realizado operaciones sujetas de retenciónImpuesto de Industria y Comercio, para lo cual el Representante Legal y elcontador o Revisor fiscal, deberá remitir una certificación dando fe sobre la noexistencia de operaciones gravadas por el periodo que corresponda.
Todo agente de retención deberá informar por escrito a la SecretariaAdministrativa y Financiera Municipal, la relación detallada indicando NIT., razónsocial, dirección física y electrónica, números de teléfonos y nombre derepresentante legal de sus proveedores de bienes y servicios, cuando ocurra quemanifiesten no ser sujetos de retención e impidan se les practique la retención enla fuente a título de impuesto de industria y comercio - RETEICA- a fin de iniciarproceso de fiscalización.
ACTIVIDAD TARIFA
INDUSTRIAL 6 X 1000
COMERCIAL 5 X 1000
SERVICIOS 10 X 1000
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( 3 1 D e 20-18RESOLUCiÓN NÚMERO O O 2 4 O 7
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Proyectó: Maribef Cafvache Fajardo.P.U. Secretaria Financiera y Administrativa Municipal- Gestión Tributaria
Secretario Financiero y A
Dada en Mocoa - Putumayo, a los 3 1 DIe 2018
PUBLíaUESE y CÚMPLASE
ARTíCULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir del primero (01) deenero de 2019, previa su publicación en página Web y cartelera Municipal.
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