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Matrimonio y concubinato

Date post: 20-Feb-2017
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Universidad Fermín Toro Vicerrectorado Académico Escuela de Derecho Barquisimeto Estado Lara YESENIA LEÓN. V-21.054.917 DERECHO CIVIL IV FAMILIA SAIA-A PROF.: ANTONELLA CIANFAGLIONE AGOSTO, 2016
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Page 1: Matrimonio y concubinato

Universidad Fermín ToroVicerrectorado Académico

Escuela de DerechoBarquisimeto Estado Lara

YESENIA LEÓN. V-21.054.917DERECHO CIVIL IV FAMILIA

SAIA-APROF.: ANTONELLA CIANFAGLIONE

AGOSTO, 2016

Page 2: Matrimonio y concubinato

Unión de hombre y mujer concertada de por vida

mediante determinados ritos o formalidades legales

MATRIMONIO

1.- Diferencia de Sexo.

2.- El consentimiento- de los futuros esposos.

3.- La celebración del matrimonio ante el oficial del estado civil.

4.- La pubertad de los esposos.

5.- Ausencia de cierto grado de parentesco por consanguinidad o afinidad o ausencia de incesto.

6.- Ausencia en cada esposo de un matrimonio anterior no disuelto, ausencia de bigamia.

7.- Publicidad del matrimonio

Muerte de uno de los esposos

Divorcio

Elementos 

Causas de Disolución 

Page 3: Matrimonio y concubinato

CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO

Art. 99: Autoridad Competente (LORC)

• El matrimonio podrá celebrarse antes los funcionarios o las funcionarias siguientes:

- El Alcalde o Alcaldesa, o el funcionario (a) que ellos autoricen.

- El Registrador (a) Civil.

- Los capitanes (as) de buques de bandera venezolana dentro o fuera del territorio de la ´República Bolivariana de Venezuela.

Art. 108 y 111 (LORC)La autoridad competente para la celebración del matrimonio, informará a los contrayentes o su apoderado, según sea el caso, acerca de la naturaleza del matrimonio y de los deberes y derechos de los cónyuges establecidos en la ley, especialmente aquellos referidos a la igualdad de género, acto seguido

Art. 112 y 114(LORC)El acta se extenderá en el libro respectivo, de no ser posible, la misma se levantará en cualquier medio disponible, y se insertará inmediatamente en el libro correspondiente.

Antes de insertar el acta el registrador (a) interrogará a las personas que figuren en dicha acta y a los que hubiesen certificado el artículo de muerte , acerca de todas las circunstancias del matrimonio

Page 4: Matrimonio y concubinato

DISOLUCION DEL MATRIMONIO

NULIDAD ABSOLUTA: cuando la norma violada en su celebración y que determina la ineficacia del vinculo y que ha sido consagrada por la ley con el único y exclusivo propósito de salvaguardar el orden público.

NULIDAD RELATIVA: es cuando la norma legal violada en su celebración que determina la ineficacia del vínculo y protege intereses de orden público y a la vez fue consagrado por el legislador como protección al interés particular de algunos de los contrayentes o de ambos

CAUSAS DE LA NULIDAD:

Se haya celebrado sin consentimiento.

Entre personas menores no emancipadas.

Por personas que están casadas.

Entre parientes.

Por contrayentes que han sido condenados como autores o cómplices de la muerte del cónyuge anterior.

Contraído por coacción o miedo grave o lesiones.

Page 5: Matrimonio y concubinato

Uniones Estables de HechoEs la unión estable de hecho, la cohabitación o vida en común, elemento que puede ser sustituido por:

La convivencia en visitas constantes, socorro mutuo, ayuda económica reiterada, vida social conjunta, e hijos, entre un hombre y una mujer, sin impedimentos para contraer matrimonio, tal unión será con carácter de permanencia.

Que la pareja sea soltera, formada por divorciados o viudos entre sí o con solteros, sin que existan impedimentos dirimentes que impidan el matrimonio.

ELEMENTOS

Unidad: Implica que solo se puede establecerse entre un solo hombre y una sola mujer.

Consentimiento: Se fundamenta en el acuerdo de voluntades en convivir juntos como pareja, bajo el mismo techo, sin ningún impedimento para contraer nupcias

Perpetuidad: Debe existir prolongado en el tiempo, mínimo dos años

Formalidad: No existe ninguna formalidad, solo el acuerdo de los concubinos en permanecer juntos bajo un mismo techo, y sin que ninguno tenga impedimentos para el matrimonio,

Disolubilidad: Puede quedar disuelto por la voluntad de las partes en cualquier momento. Toda vez que interrumpan la cohabitación y por ende la permanencia


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